Comercio
Free shops en fronteras terrestres: el Gobierno reglamentó su funcionamiento
El Gobierno nacional oficializó la incorporación al marco legal argentino del régimen de tiendas libres de impuestos en fronteras terrestres del Mercosur. La medida fue establecida a través del Decreto 438/2026, publicado en el Boletín Oficial, con el objetivo de impulsar la competitividad de las zonas fronterizas, promover el turismo, fortalecer el comercio regional y generar nuevas oportunidades de empleo formal en las economías locales.
La normativa adopta la Resolución 64/18 del Grupo Mercado Común (GMC) del Mercosur y busca equiparar las condiciones comerciales de las ciudades fronterizas argentinas con las de países vecinos como Brasil, Uruguay y Paraguay, donde este tipo de establecimientos ya funcionan desde hace años. Según el Gobierno, la iniciativa apunta a dinamizar la actividad económica en pasos internacionales estratégicos y mejorar la oferta para los viajeros.
El decreto establece que la instalación de los free shops deberá realizarse mediante procedimientos competitivos, objetivos y transparentes. En ese esquema, el Ministerio de Economía será el encargado de otorgar las autorizaciones comerciales, mientras que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) tendrá a su cargo la habilitación aduanera de los locales y de los operadores que administren estos espacios.
Las tiendas podrán vender productos nacionales e importados a personas que ingresen o salgan del país, siempre bajo las condiciones previstas en el régimen de equipaje del Código Aduanero. Esto implica que las compras deberán destinarse al consumo personal, sin fines comerciales, y estarán sujetas a los límites, franquicias y controles vigentes para los viajeros.
La reglamentación también fija una serie de restricciones. Entre los productos que no podrán comercializarse en estos establecimientos figuran alimentos de la canasta básica, combustibles, repuestos y partes de vehículos, animales vivos, plantas, armas, municiones, cigarrillos, maquinaria agrícola e industrial, electrodomésticos de gran porte, materiales de construcción, neumáticos, tejidos, hilados y calzado, con excepción de zapatillas deportivas y ojotas. Además, el Ministerio de Economía podrá ampliar este listado en el futuro.
Si bien el decreto entrará en vigencia de manera inmediata, la puesta en marcha efectiva del sistema dependerá de la reglamentación complementaria que deberán elaborar el Ministerio de Economía y ARCA en un plazo máximo de 30 días. Los free shops que ya funcionan bajo regímenes anteriores continuarán operando sin modificaciones, mientras que las infracciones al nuevo esquema serán sancionadas de acuerdo con las disposiciones del Código Aduanero y del Régimen Penal Tributario.

