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Coronavirus: Teletrabajo para todos

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Como parte de las medidas tendientes a evitar un estallido brusco de coronavirus, el Ministerio de Trabajo estableció que los empleadores que habiliten a sus trabajadores a realizar su prestación laboral desde su domicilio particular en el marco de la emergencia sanitaria provocada por la pandemia de Covid-19.

La resolución establece que los empleadores deberán informar a la ART la nómina de trabajadores afectados y el domicilio donde se desempeñará la tarea y frecuencia de la misma, el cual será considerado como ámbito laboral a todos los efectos de la Ley 24.557 sobre Riesgos del Trabajo.

Para terminar, de acuerdo a la información oficial, la resolución se extiende a toda modalidad contractual.