Economía
Cuentas sueldo podrán abrirse y operar en dólares
El Banco Central habilitó la apertura y el funcionamiento de cuentas sueldo denominadas en dólares estadounidenses, una medida que amplía las opciones bancarias para los trabajadores que perciben ingresos en moneda extranjera. La decisión quedó formalizada mediante la Comunicación “A” 8460/2026, publicada en el Boletín Oficial.
La normativa incorpora al dólar entre las monedas admitidas para las cuentas destinadas al depósito de haberes provenientes de una relación laboral. Además, establece que las entidades financieras deberán permitir depósitos y extracciones de efectivo en la misma moneda en la sucursal donde se encuentre radicada la cuenta.
El nuevo esquema también garantiza que la gratuidad de las cuentas sueldo se mantendrá para los fondos derivados de la relación laboral que permanezcan depositados, sin establecer un límite de tiempo para ese beneficio.
El pago de salarios en dólares seguirá sujeto a requisitos
La medida regula exclusivamente el funcionamiento bancario de las cuentas sueldo en dólares y no implica, por sí sola, que los empleadores puedan pagar salarios en esa moneda de manera automática.
Para que una remuneración pueda abonarse en dólares deberá existir una base contractual o una disposición legal que habilite expresamente esa modalidad de pago. De esta forma, la comunicación del Banco Central no modifica las condiciones laborales vigentes, sino que establece el marco operativo para administrar esos fondos.
Asimismo, la normativa dispone que los bancos deberán asegurar las extracciones de efectivo en dólares en la sucursal donde esté abierta la cuenta. Cuando exista disponibilidad operativa, también podrán ofrecer retiros en otras sucursales, cajeros automáticos y terminales habilitadas, ampliando las alternativas de acceso para los trabajadores.

