Comercio
Ya rige la Ley de Góndolas: ¿qué cambia en los supermercados?

El presidente Alberto Fernández firmó la reglamentación de la Ley de Góndolas -sancionada por el Congreso Nacional en febrero último y promulgada en marzo – que busca que haya una mayor cantidad de marcas de productos en los supermercados y que la competencia impulse una baja de precios.
La reglamentación de la normativa fue aprobada por el Decreto 991/2020 y publicada este martes en el Boletín Oficial.
La Secretaría de Comercio Interior será la autoridad de aplicación de la ley y deberá elaborar un listado actualizado con la totalidad de los productos alcanzados por la ley, agrupados por categorías de acuerdo a los diversos formatos de espacios de ventas. Y en un plazo máximo de 90 días deberá elaborar las resoluciones complementarias.
Comercio Interior también dispondrá los requisitos de señalización de los congeladores exclusivos o los exhibidores patrocinados para que estén claramente identificados y diferenciados de las góndolas o locaciones virtuales, para prevenir la confusión de los consumidores.
Principales cambios que deberán hacer los supermercados:
- Los productos de una marca no pueden ocupar más del 30% de la góndola y que de un producto.
- En productos como fideos o galletitas como mínimo debe haber cinco marcas diferentes.
- El 25% de los productos deben ser de las Pymes, cooperativas o mutuales.
- El 5% de los productos deben ser de empresas de agricultura familiar, campesina o indígena o de la economía popular.
- Los productos de menor precio deben estar en el sector medio de la góndola y en la primera página del sitio web donde se expongan.
- En la isla de exhibición y en los exhibidores que están pegados a la caja donde se cobra, el 50% del espacio debe estar ocupado por productos de micro y pequeñas empresas nacionales, de cooperativas y de mutuales.
- Supermercados deberán acordar distintos plazos y condiciones de contratación con los diferentes proveedores, según sean pymes o sectores de la economía popular.
- Supermercados no podrán exigir aportes o adelantos financieros a proveedores, como tampoco imponerles la entrega de mercadería.