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Si no hay despidos, hay beneficios

El Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, oficializado hace una semana mediante el Decreto 332/20, dispuso que las compañías podrán acceder a un conjunto de beneficios para afrontar el pago de salarios del mes de abril.
“En el DNU se permite reducir el salario a pagar a cada trabajador en $16.875, que es el salario mínimo, y el empleador aporta la diferencia”, explicó el contador Gustavo Fernández.
El decreto 332 exime a estas actividades de los beneficios, pero desde el Gobierno aseguraron que en algunos casos podría hacerse la excepción, si el deterioro de las ventas lo amerita, como podría ser el caso de las estaciones de servicio.
“Es para los empleados que vieron afectadas su tarea y el beneficio aplica “siempre y cuando el empleador no haga despidos, tiene que mantener la nómina de marzo de 2020”, explicó el profesional en diálogo con Realidad Económica.