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IIBB: Las billeteras virtuales comenzaron a actuar como agentes de recaudación

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) incorporó desde este año a las billeteras virtuales al listado de activos alcanzados por diversos tributos y endureció los controles sobre las operaciones realizadas bajo esta modalidad. ¿Qué provincias están recaudando a partir de esta normativa?

Para empezar, el SIRCUPA es un régimen de retención del impuesto sobre los ingresos brutos por el uso de billeteras digitales. Fue creado por la Comisión Arbitral a través de la Resolución General 9/2022 y entró en vigencia a partir del 1° de octubre de 2022. Se encuentran alcanzados quienes realicen comercialización de bienes o servicios, incluidos los e-commerce, y reciban pagos a través de cualquier medio electrónico, plataforma digital, aplicación o dispositivo móvil.

La aplicación del régimen se hará efectiva en relación con las cuentas de pago abiertas a nombre de uno o varios titulares, sean personas humanas o jurídicas, siempre que cualquiera de ellos o todos, sean contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia adherida al SIRCUPA.

 

¿Cuáles son las jurisdicciones adheridas?

Hasta el momento se adhirieron las provincias de Córdoba, Formosa, Mendoza, Neuquén, Santa Cruz y Tierra del Fuego. La provincia de San Juan ingresará al sistema a partir de noviembre, mientras que Jujuy obtuvo una prórroga que se extiende hasta el mes de diciembre.

Los contribuyentes alcanzados por este régimen, contarán con el detalle de las retenciones sufridas en los resúmenes o extractos que emitan los agentes de recaudación. Otro modo de verificar el detalle de las retenciones y percepciones sufridas es ingresando con autenticación de clave fiscal de AFIP, dentro del servicio “Convenio Multilateral – SIFERE WEB – Consultas”.