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LU5 Agro

Hernández, sobre la emergencia: “La Ley permite refinanciar deudas a largo plazo” 

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“Hoy ningún contribuyente en AFIP tiene la posibilidad de hacer más 24 de 12 cuotas, 8-12 cuotas que es lo único que tienen hoy como contribuyentes. Nosotros dentro de la actividad, para aportes y contribuciones, tenemos hasta 48 cuotas porque estamos dentro de la Emergencia. Es importante adherir y ahí sí las 48 cuotas van sobre aportes y contribuciones e IVA. Entonces, la Ley no comprende el diferimiento a tasa cero, pero sí comprende que pueden refinanciar esas deudas a largo plazo”, explicó Sebastián Hernández, presidente de la Federación de Productores de Fruta de Río Negro y Neuquén, en diálogo con LU5 Agro. 

 

Has participado de reuniones en Buenos Aires, contanos qué herramientas están disponibles para los productores…

Con respecto al tema de AFIP, se nos informó que había un beneficio que quedaba a cuenta de Ganancias, que es una ley que está hecha para emergencias agropecuarias. Nuestro pedido iba mucho más arriba, donde hablábamos de una necesidad de diferir aportes y contribuciones, e IVA que eran lo más fuerte, lo más pesado, de la actividad frutícola dado a esta emergencia. 

Ahí había un tema de los que dentro de lo que podía llegar a hacer la titular de AFIP. No estaba en sus manos generar un beneficio de diferimiento de intereses de ese paso porque eso pasaba o por ley o por DNU. Como estaba presente el Senador Alberto Wereltinek, se habló de seguir los pasos correspondientes para ver qué se podía hacer en función de este diferimiento que se hizo mucho tiempo con la Ley de Emergencia.
Hasta el 30 de junio los productores van a tener tiempo de presentarse más allá de que vayan y paguen y hoy estén al día. Uno no sabe qué puede pasar en un mes o dos, porque nuestra actividad es así, no sabemos si habrá algún problema y hasta ahora no se dijo que llegará una prórroga, o una restricción a esta emergencia. Entonces, es importantísimo que se presenten, para poder estar adheridos a esta norma.

 

Se estaría prorrogando Ganancias y Bienes Personales, ¿aportes e IVA no?

Si. Se difiere todo lo que son pagos anuales y no lo que es pagos mensuales; ahí es donde vos decís que estamos hablando de aportes y contribuciones. La ley implica que se suspenden juicios, embargos. En función de eso empezamos a tratar de gestionar el seguimiento a esos ítems. No hay un diferimiento a tasa cero, pero sí se evita un reclamo legal de AFIP por aportes y contribuciones, tiene una tasa de interés del 3% mensual eso significa 36% anual, para los 12 meses de no haber pagado aporte y contribuciones.  Van a tener hasta 48 cuotas en contribuciones y 24 en aportes; que son los beneficios que vendrían después, cuando quisieran hacer un plan de pago. 

Hoy el productor no tiene esa posibilidad, ningún contribuyente en AFIP tiene la posibilidad de hacer más 24 de 12 cuotas, 8-12 cuotas que es lo único que tienen hoy como contribuyentes. Nosotros dentro de la actividad, para aportes y contribuciones, tenemos hasta 48 cuotas porque estamos dentro de la Emergencia.

Es importante adherir y ahí sí las 48 cuotas van sobre aportes y contribuciones e IVA. Entonces, la Ley no comprende el diferimiento a tasa cero, pero sí comprende que pueden refinanciar esas deudas a largo plazo. 

 

¿Se puede conseguir que el presidente por decreto logre que los aportes o el IVA , los pagos mensuales, sean a tasa cero?

La idea es presentar el proyecto de Ley y armar la Ley en función de lo que es la Emergencia Agropecuaria, dado que ya se presentó el pedido de la prórroga, de la emergencia. ¿Por qué? Porque como esto sucedió en octubre, y al pasar octubre no cumple el ciclo productivo; nuestro ciclo arranca en enero, no arranca en octubre. Entonces, nos quedan meses desfasados. 

La federación hizo el pedido, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación dio el OK a prorrogar la Emergencia Agropecuaria para los productores que están en emergencia, a seis meses más, por eso a partir de noviembre…

 

Los contadores preguntan qué hay que hacer con la presentación Ingresos Brutos, ¿hay que hacerla sobre el periodo 2020 o 2021?

Hay que hacerla con el periodo que se venció, el 21.

 

Porque el certificado se entrega en diciembre…

Claro, en diciembre con una Emergencia que fue a partir del 2 de noviembre

 

Entonces, hay que hacer los certificados de ingreso para demostrar que se tiene la mayoría de su actividad enfocada en el marco de la fruticultura…

Más del 50%

 

Y sobre ese periodo entonces, 2021 que sería el anterior 

El anterior que está contemplando. Lo que certifica el contador es que ese productor supera el 50% en la actividad frutícola o agropecuaria porque lo que fue la Emergencia Agropecuaria no sólo tomó ítems de fruticultura sino que tomó otros que también fueron dañados. No solamente la pera y la manzana. 

 

Por otro lado, para el crédito de poda también había tiempo hasta el 30 de junio, ¿no?

No, no tiene vencimiento. Primero, todos los 576 productores que hoy están en emergencia Agropecuaria y/o desastre tienen el aporte asignado. Eso significa que no hay vencimiento, que mientras dure la poda, el productor va a poder ir a hacer, pedir el beneficio de ese financiamiento por lo que le corresponda.

Lo que hablábamos era que llegaríamos a septiembre con esa situación y de ahí los fondos se redireccionarán a nueva actividad.

¿Se habló del REPRO?

Si, ya tuvimos una reunión de la Mesa de Trabajo a nivel provincial, donde estuvieron los dos Ministerios de Trabajo de las provincias, los dos Ministerios de Producción, y la Federación de Productores más el Ministerio de Trabajo de Nación en Roca. 

Ya pasamos un borrador, que se armó en esa reunión, con los pedidos de necesidades El sueldo mínimo, vital y móvil es de $23.925 por el período de poda. No es fijo, a medida que vaya subiendo, sube el valor de ese 50% del beneficio que tiene la asistencia. 

 

He hablado con dirigentes que dicen “el REPRO está disponible” y no conozco ni uno sólo que haya podido sacarlo..

Hubo un problema. De todos los casos, la mayoría cobró marzo completo porque ya tenía dos meses de haber inscripto al empleado, entonces ese es el gran error que hubo dentro de la resolución y que en general fue el problema que tuvieron que la mayoría cobro marzo, febrero algunos, de los cuales ya tenían inscriptos en diciembre porque ya tenían carozo. Entonces, pudieron tener el 931 de diciembre, pero casi nadie pudo cobrar enero porque no estaba con nómina de empleados de noviembre. Eso fue un error garrafal del Ministerio, eso se arregló ahora, es mes anterior. 

 

Presento el 1 de mayo…

Claro, con esa nómina de mayo vas a empezar a cobrar en junio como corresponde; y así se va a ir dando. Después lo que me dijeron es que podrían extender el beneficio al mes siguiente.

Es importante que si hay alguna situación en especial me la informen; entonces, uno de esa manera puede gestionar y buscar el cambio. Entiendo que a partir del 26 si está todo bien, estaría en función la página para que los productores puedan inscribirse. Esto va a ser en el Ministerio de Trabajo de Roca, así que también es presentación de papeles (nómina, certificado, certificación contable-situación económica que vivió en el último tiempo-que lo hace el contador) para productores que están en Emergencia.