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Exigirán el certificado del Censo Económico para operar en bancos

Los bancos deberán exigir a partir de 2021 el certificado de participación en el Censo Nacional Económico (CNE) del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) a sus clientes para operaciones como sacar o renovar un crédito o alquilar una caja de seguridad, entre otras. Así lo informó el BCRA a través de la la comunicación B 12.100.
El texto detalló que las entidades exigirán el certificado a empresas, autónomos y monotributistas. “Se dispone que las entidades bancarias deberán solicitar el “Certificado de Cumplimiento Censal” que acredite el cumplimiento de la declaración prevista por el Censo Nacional Económico como requisito previo” para determinadas operaciones, detalló la normativa que aprobó el directorio.
¿A qué operaciones se refiere? La medida incluye la apertura de cuentas de depósitos y de cualquier otra que implique captación de fondos, el otorgamiento de créditos y renovaciones, la apertura de créditos documentarios y de cuentas para valores en custodia. También abarca el otorgamiento de fianzas y préstamos de valores y el alquiler de cajas de seguridad.
El INDEC puso en marcha el Censo Económico Nacional el 30 de noviembre y el certificado de participación se comenzará a exigir a partir del 1 de abril de 2021 para las personas jurídicas (empresas). Para los autónomos el requisito comienza el 1 de mayo de 2021 y para monotributistas, a partir del 1 de julio de 2021. En todos los casos el mismo se exigirá hasta el 28 de febrero de 2022.