Energía
Aumentan impuestos para financiar subsidios al gas en zonas frías

Mediante la Resolución 1253/2025 publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional oficializó la suba de la alícuota del impuesto sobre la factura de gas para financiar el subsidio que se otorga a zonas frías. De 6,6% aumentó a 6,8%.
Este incremento se aplicará sobre el precio del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) por cada metro cúbico que ingrese al sistema de ductos en el territorio nacional y también incluye los volúmenes involucrados en el autoconsumo. Este recargo deberá ser trasladado a las facturas por consumos finales de los usuarios de los servicios que se encuentren afectados.
Las empresas distribuidoras o sub-distribuidoras de gas natural no registrarán ganancias ni pérdidas derivadas de su aplicación. De igual forma, las comercializadoras deberán aplicar y trasladar el recargo, en su exacta incidencia, sobre el precio del gas natural adquirido en el PIST.
La medida se enmarca en la emergencia del Sector Energético Nacional y un proceso de reestructuración de los regímenes de subsidios a la energía, donde el Estado Nacional ha indicado su imposibilidad de continuar con aportes que funcionaban como un subsidio generalizado a toda la demanda, según se señaló en los considerandos de la normal.
Las disposiciones de esta resolución serán aplicables a los consumos realizados a partir del día en que el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) publique en el Boletín Oficial los procedimientos especiales para la facturación de este recargo.