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AFIP extiende el plazo para cancelar Ganancias y Bienes Personales
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso, mediante la Resolución 5243/2022, extender hasta el 30 de septiembre de 2022, inclusive, el plazo para cancelar obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta de 25%.
Asimismo, el organismo estableció la prórroga por dos meses de los beneficios de los planes de pago permanente, correspondiente a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, así como la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicables en el régimen de facilidades de pago permanentes, con un máximo de ocho cuotas y seis planes por persona.
El beneficio alcanza a los contribuyentes incluidos en las categorías A, B, C o D y excluye a quienes estén categorizados como “riesgo muy alto” en la categoría E.