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¿Qué medidas de ayuda implementó Río Negro?

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La gobernadora de Río Negro, Arabela Carreras, firmó un decreto a través del cual dispuso un paquete de medidas económicas destinadas a los sectores productivos y comerciales afectados por la pandemia de Covid-19.

“Estas medidas impactarán enormemente en la mayoría de los comerciantes que tienen su actividad disminuida. Pensamos en las pymes más pequeñas, los cuentapropistas, los monotributistas, es decir, los sectores más desvaforecidos”, posteó carreras en redes sociales.

Por otra parte, el Gobierno rionegrino acordó con el Banco Patagonia SA, una sustancial mejora en las condiciones de los préstamos que la entidad bancaria (Agente Financiero de la Provincia) ofrece para pymes rionegrinas. 

“Hemos abordado con total profesionalismo la emergencia sanitaria. Concluido esto, estamos trabajando con el gabinete social y económico evaluando los impactos que tiene el aislamiento obligatorio y el parate de la actividad”, dijo la funcionaria.

Carreras aseguró que “estas medidas impactarán enormemente en la mayoría de los comerciantes que tienen su actividad disminuida. En este primer paquete estamos pensando en las pymes más pequeñas, los cuentapropistas, los monotributistas, es decir, los sectores más desvaforecidos. Estamos estudiando paquetes específicos por rubro”.

¿Cuáles son las medidas? 

Para empezar, se postergó el pago de las obligaciones correspondientes a los impuestos Inmobiliario y Automotor, con vencimiento en los meses de abril y mayo de 2020, serán prorrateadas equitativamente entre las cuotas que venzan con posterioridad al 1° de junio de 2020.

Por otro lado, el pago de las cuotas de los planes de facilidades de pago realizados en concepto de impuesto sobre los Ingresos Brutos por contribuyentes del régimen directo y monotributistas (del régimen directo o de Convenio Multilateral con sede en la Provincia de Río Negro) con vencimientos en abril y mayo de 2020, podrá efectivizarse hasta los 60 días corridos posteriores a los respectivos vencimientos.

Se suspende por 60 días corridos la emisión y gestión de intimaciones por falta de presentación y/o pago de los impuestos que administra la Agencia de Recaudación Tributaria, así como la iniciación y sustanciación de los juicios de ejecución fiscal durante el mismo plazo. Esta medida no incluye las intimaciones y ejecuciones para hacer efectivas las sanciones impuestas con motivo de infracciones a las normas referentes a lealtad comercial, abastecimiento, defensa del consumidor y precios máximos.

De acuerdo al DNU, se suspende por 60 días corridos la exigibilidad de presentación del Certificado Único de Libre Deuda dispuesto por Ley N° 4798. Y también se excluye del Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (SIRCREB), durante los meses de abril y mayo de 2020, a los contribuyentes del impuesto sobre los Ingresos Brutos que sean monotributistas categorías A y B.

Asimismo, se exceptúa del pago del monto mínimo del impuesto sobre los Ingresos Brutos durante abril y mayo de 2020, a todos los contribuyentes inscriptos bajo el régimen directo.

Durante abril y mayo de 2020, los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que sean monotributistas tendrán reducciones en el impuesto a ingresar de acuerdo a la siguiente escala: a) 100% para las categorías A, B, C y D; b) 80% para las categorías E, F y G; c) 50% para las categorías H, I, J y K.