Economía
Prorrogan por 60 días la prohibición de despedir trabajadores
El gobierno prorrogó ayer por 60 días la prohibición de despedir trabajadores “sin justa causa y por razones de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor”, según indica el Decreto 761/2020 publicado en el Boletín Oficial.
Además extiende por otros 60 días la prohibición de suspender por causas de “fuerza mayor o ausencia o disminución de trabajo” a excepción de las realizadas según el artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), indica el texto.
De este modo, la medida estará vigente hasta el próximo 30 de noviembre. Se trata de la tercera prórroga que se aplica sobre esta medida, sancionada por primera vez el 1 de abril, también por 60 días. Luego se dictaron dos extensiones, siempre por el mismo plazo, a fines de mayo y de julio.
Por otra parte, el decreto establece que “los despidos y suspensiones que se dispongan y violen las disposiciones adoptadas no producirán ningún efecto” ya que “se mantendrán vigentes las relaciones laborales y sus condiciones actuales”.
Esto no se aplicará a las contrataciones realizadas con posterioridad a la vigencia del decreto, pero la medida “no será de aplicación en el sector público definido en el artículo 8 de la Ley 24.156 y sus modificatorias, con independencia del régimen jurídico al que esté sujeto el personal de los organismos, sociedades, empresas o entidades que lo integran”.