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Economía

Monotributo: marcha atrás con el polémico cambio en el régimen

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Tras la enorme polémica que se generó entre los 4 millones de monotributistas, el gobierno nacional resolvió dejar sin efecto los cambios en el régimen y presentó un nuevo proyecto de ley que anula el ajuste retroactivo a enero y establece desde el 1° de julio un nuevo incremento en las escalas máximas de facturación.

La iniciativa fue consensuada durante una reunión entre el presidente Alberto Fernández; el ministro de Economía, Martín Guzmán; el secretario de Hacienda, Raúl Rigo; y el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa.

En ese encuentro, se decidió dar marcha atrás con el ajuste retroactivo aprobado por el Congreso en abril y oficializado a fines de mayo con una resolución de la AFIP. La medida había generado un fuerte malestar entre los monotributistas. El alza de 35,3% desde el 1° de enero les implicaban deudas con la AFIP de hasta $30.000, en medio de la crisis económica profundizada por las medidas de restricción impuestas por el gobierno.

¿Cómo es el proyecto que se envía al Congreso? 

El Ejecutivo decidió avanzar con una corrección de los mecanismos: por un lado el primer semestre del año regirá por las tablas 2020; las cuotas mensuales serán las mismas que se pagaban, es decir sin generar saldos retroactivos.

Por el otro, establece desde el 1° de julio mayores límites en los máximos de facturación. Se trata de un incremento adicional “progresivo”, es decir que tendrá mayor suba para las categorías más bajas y menor para las más altas.

De este modo, una vez que el nuevo proyecto se convierta en ley, la categoría A tendrá un aumento de 30% extra al ya definido (sumará 77% en comparación con 2020) y llegará a $370.000, mientras que la escala más alta, la K, ascenderá a $3.700.000, es decir 4,8% más que la vigente.

 

 

Punto por punto, las claves del nuevo proyecto 

  • Se sostienen los valores mensuales de las cuotas a pagar: de enero a junio de 2021 será el vigente a diciembre de 2020. La actualización de la cuota regirá a partir de julio de 2021.
  • Se establece un esquema progresivo de actualización de las escalas: se duplica para las más bajas el incremento del 35% de este año (77% respecto de diciembre de 2020) y es de 4,8% para la más alta.
  • Se fijan a partir del 1º de julio de 2021, nuevos parámetros de ingresos brutos anuales que complementan el régimen vigente desde enero de 2021, sin aumentar la cuota mensual del monotributo.
  • Un programa específico de alivio fiscal que complemente los cambios establecidos por la reforma vigente para permitir que los contribuyentes se puedan mantener en el régimen a pesar de haberse excedido en la facturación. Podrán acceder los monotributistas que:
  • Registren ingresos que no superen el monto equivalente a 1,5 veces los ingresos brutos máximos de la Categoría “K” ($5.550.000 anuales).
  • Que el total de bienes del país y del exterior no superen los $6.500.000.
  • Los monotributistas de las categorías más altas deberán pagar una CUOTA ESPECIAL para poder mantenerse en el régimen.
  • Se crea un régimen de regularización para las deudas de los monotributistas que condonará intereses y multas y permitirá cancelarlas en función a los siguientes parámetros:
  • Hasta 60 cuotas mensuales.
  • Un interés de financiación no superior al 1,5% mensual.

 

¿Cómo quedarán las nuevas escalas de facturación?

Una vez que sea ley, la iniciativa de Massa y Kirchner plantea un alza en los topes de facturación anual desde el 1° de julio de 2021, con mayores incrementos para las categorías más bajas, tanto contra la vigente en diciembre como la sancionada en abril y reglamentada el 25 de mayo:

  • Categoría A: el límite de facturación anual es desde enero $282.444,69, en julio pasa a $370.000.
  • Categoría B: el tope quedó en $423.667,03 y pasará a $550.000.
  • Categoría C: la facturación está en $564.889,40 y subirá a $770.000.
  • Categoría D: El monto máximo se ubica en $847.334,12 y pasará a $1.060.000.
  • Categoría E: el límite máximo está en $1.129.778,77 y llegará a $1.400.000.
  • Categoría F: el máximo de facturación es de $1.412.223,49, y quedará en
  • Categoría G: el tope está en $1.694.668,19 y aumentará a $1.750.000.
  • Categoría H: la más alta para quienes vendan servicios tiene hoy un tope de $2.353.705,82. Pasará a $2.600.000.
  • Categoría I: el máximo de facturación está en $2.765.604,35 y subirá a $2.910.000.
  • Categoría J: el máximo es de $3.177.502,86 y pasa a $3.335.000.
  • Categoría K: el tope es de $3.530.558,74, y se incrementa hasta $3.700.000.